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CÉDULA DE HABITABILIDAD Y SEGUNDA OCUPACIÓN

Cédula de habitabilidad y de segunda ocupación

Gestión I VM Arquitectos Valencia




¿Qué es la Cédula de habitabilidad?
En viviendas nuevas, la Cédula de habitabilidad es el documento administrativo que acredita que cualquier clase de vivienda cumple la normativa técnica sobre habitabilidad y es, por tanto, apta a efectos de su uso residencial. Este documento es necesario para la contratación de servicios de suministro propios de la vivienda (luz, agua, gas, etc...), previo a la ocupación de la misma.

¿Qué es la Cédula o Licencia de segunda ocupación?
En caso de no tratarse de una vivienda nueva, se tramita la Licencia de segunda ocupación o Cédula de segunda ocupación, cuya función es similar a la cédula de habitabilidad. Es necesario solicitarla siempre y cuando hayan transcurrido 10 años desde la obtención de la primera Licencia de ocupación, y se produzca una nueva contratación de los servicios de suministro (luz, agua, gas, etc..) o cuando sea necesario formalizar un nuevo contrato de compraventa en la segunda o posteriores transmisiones de la propiedad.

¿Qué es la Certificado Técnico de Habitabilidad?
Tanto para solicitar la cédula de habitabilidad como la licencia de segunda ocupación se requiere un Certificado Técnico de Habitabilidad expedido por técnico competente, en el que se acredite que la vivienda cumple con la normativa técnica de habitabilidad y diseño vigente, y que la vivienda se ajusta a las condiciones exigibles para el uso al que se destina.

¿Quién la puede solicitar?
Cualquier propietario, inquilino o persona autorizada a la ocupación de una vivienda.

¿Qué requisitos debo cumplir?
Acreditar la titularidad que corresponda y aportar la documentación requerida a tales efectos.

¿Cuándo solicitarlo?
Cuando el ciudadano la precise para la contratación de los servicios de suministro o para cualquier otro trámite.

¿Qué documentación debo presentar?
En el ayuntamiento del municipio correspondiente se les informará de la documentación necesaria a presentar. No obstante se les solicitará: 
- Instancia de solicitud de la Cédula de habitabilidad o Licencia de segunda ocupación, que podremos encontrar en la web del municipio correspondiente.
- Fotocopia del D.N.I del solicitante o C.I.F., en su caso 
- Justificante de haber liquidado la correspondiente tasa de habitabilidad, de acuerdo con las Ordenanzas Fiscales vigentes (la tasa se calculará en función de los metros cuadrados de la vivienda). 
- Si el solicitante es inquilino o autorizado deberá aportar fotocopia del contrato de arrendamiento o autorización relativa a la ocupación de la citada vivienda. 
Certificado Técnico de Habitabilidad expedido por técnico competente, que acredite el cumplimiento de la normativa de habitabilidad y diseño vigente.


En V+M Arquitectos Valencia realizamos todo tipo de informes y Certificados Técnicos para Cédulas De Habitabilidad en Valencia, Torrent, Burjassot, La Eliana, Meliana, Paterna, Alboraya, Manises, Mislata, Xirivella, Albal, Llíria, Gandía, Almássera, Puzol, El Puig, Paiporta, Bétera, Utiel, Denia, Calp, Vila-Real, Benidorm, Castellón, La Vall d'Uixo, Moncofa, Burriana, Vila Real, Almazora, Almenara, etc... 

Puede ponerse en contacto con nosotros a través de nuestro mail vm-arquitectos@hotmail.com, formulario de contacto o teléfono 963279037, para solicitar cualquier tipo de información o solicitar presupuesto sin ningún compromiso.

TASAS DE REGISTRO DE CERTIFICADOS DE EFICIENCIA ENERGÉTICA EN LA COM.VALENCIANA

Nuevas Tasas de Registro obligatorio de Certificados Energéticos a partir de Enero de 2014


tasas certificado energético valencia
Con motivo de la entrada en vigor de las Tasas de Registro de Certificados de Eficiencia Energética en la Comunidad Valenciana, queremos informaos de las cuantías establecidas por la Generalitat en el Boletín Oficial de las Cortes Valencianas Nº195. 

En el citado Boletín, se ha publicado el Proyecto de Ley por el que se establecen las tasas correspondientes al registro de los Certificados de Eficiencia Energética en la Comunidad Valenciana para el año 2014, concretamente en el artículo 28 de la página 30729, en el que se modifican los artículos 195, 196, 197 y 198 del texto refundido de la Ley de Tasas de la Generalitat.

Posteriormente, mediante la Ley 5/2013, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat, en su artículo 28, se han aprobado las tasas de registro de certificados de eficiencia energética de edificios, las cuales se fijan en las siguientes cuantías:

- Vivienda unifamiliar: 10 €
- Vivienda individual dentro de un bloque / piso10 €
- Edificio de viviendas: 20 € + 3 €/vivienda (con un máximo de 400 €)
- Sector Terciario / locales comerciales: 50 € + 0'10 €/m2 (con un máximo de 1.500 €). 


Desde V+M Aquitectos Valencia les ofrecemos tanto el servicio de registro del Certificado Energético, como la realización del mismo. Ante cualquier cuestión acerca del certificado o de su registro, no dude en ponerse en contacto con nosotros.

CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA DE VIVIENDAS

La “etiqueta energética” de los edificios, obligatoria a partir del 1 de Junio de 2013  


 

Certificado Energético Valencia
Desde el 1 de junio de 2013, todas las viviendas, que sean objeto de una compraventa o un alquiler deberán contar con un Certificado de Eficiencia Energética, similar a la etiqueta energética que se usa para calificar los electrodomésticos en función de su consumo.
Este certificado es obligatorio desde 2007 para las viviendas de nueva construcción. Ahora, la nueva medida, regulada por el Real Decreto 235/2013, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios, amplía esa obligatoriedad a las viviendas existentes
La obtención del certificado será responsabilidad del propietario, sea éste una empresa o un particular, y deberá estar presente en cualquier publicidad, oferta o promoción del inmueble, además de acompañar al contrato de compraventa o arrendamiento en cada transacción, de forma que el consumidor (comprador o arrendatario) disponga de la mayor información posible acerca del consumo energético del inmueble que va a comprar o alquilar.
Así pues, con la entrada en vigor de esta norma tanto compradores como inquilinos tendrán acceso a aspectos como el aislamiento, la calidad de la iluminación, la orientación del inmueble y demás parámetros que influyen en la calificación energética de una vivienda, porque dicha calificación hará referencia al consumo de energía y, por lo tanto, al importe de las facturas de electricidad, gas, etc.

Un técnico deberá estudiar las características de la vivienda y valorar el consumo de energía de acuerdo con la normativa que marque la administración. En función de distintos parámetros, la etiqueta energética de la vivienda reflejará una calificación que irá desde la A, máxima eficiencia, a la G, la nota más baja. Se informará a los propietarios de aquellas viviendas que obtengan calificaciones deficientes de las medidas que pudieran adoptar sobre las instalaciones de la misma para mejorar su calificación energética
Los datos hablan por sí solos: los edificios más eficientes ayudan a reducir hasta un 30% la factura de la luz. Es importante que los propietarios esten informados de los pasos a dar, ya que las administraciones podrán sancionar económicamente a aquellos que no cumplan con el Real Decreto. 
Preguntas de interés
¿Qué es la Certificación Energética?
Es el procedimiento a seguir para certificar energéticamente los edificios existentes o partes del mismo (ej. vivienda, local).

¿Para qué sirve?
Mediante la certificación energética se puede saber el comportamiento energético de un inmueble y cómo mejorarlo para que consuma menos energía y, por  tanto, reducir el importe de las facturas de luz, agua y gas.

¿Cuál es el documento oficial relativo a la certificación energética?
Los resultados del procedimiento de certificar energéticamente un edificio vienen reflejados en el Certificado de Eficiencia Energética y en su correspondiente Etiqueta de Eficiencia Energética, la cual muestra el nivel de calificación energética del edificio en una escala de la A (mayor eficiencia energética) a la G (menor eficiencia energética).

¿Cuándo entra en vigor?
Será obligatorio para todos los inmuebles existentes que se vendan/alquilen a partir del 1 de Junio de 2013.

¿Qué validez tiene?
El certificado de eficiencia energética y su correspondiente etiqueta de eficiencia energética tienen una validez de 10 años. Es responsabilidad del propietario renovar el certificado y, por tanto la etiqueta, transcurridos los 10 años.

¿En qué casos es obligatorio?
Es obligatorio para todos los edificios existentes (ej. vivienda unifamiliar o edificio de viviendas) o de una parte del mismo (ej. vivienda, oficina o local comercial) cuando éstos se ofrezcan o publiciten en venta o alquiler.

¿Puedo ofrecer o publicitar la vivienda en alquiler o compra sin contar con la Certificación Energética?
El artículo 12.2 deja claro que la etiqueta se incluirá en toda oferta, promoción y publicidad dirigida a la venta o arrendamiento del edificio o unidad del edificio. De esta forma, en el resto de países de Europa donde ya está en vigor la medida, tanto en los escaparates de las agencias inmobiliarias como en los portales de internet aparecen las etiquetas energéticas como una característica más de la vivienda o local.

¿Qué obligaciones tiene el vendedor/arrendador?
El vendedor/arrendador deberá mostrar la etiqueta energética durante la promoción de venta/alquiler del inmueble (ej. junto a la descripción del inmueble en el escaparate de una inmobiliaria).
En caso de venta, el vendedor deberá entregar al comprador en la notaría un original del certificado. En caso de alquiler, deberá adjuntar una fotocopia al contrato de arrendamiento.

¿Se puede vender o alquilar la vivienda y después realizar la Certificación Energética?
No. El certificado debe estar incluido en la información que el vendedor o arrendador debe facilitar al comprador o inquilino, por lo que este documento debe estar disponible antes de formalizar la operación.

¿Se puede ofrecer o publicitar la vivienda en alquiler o compra sin contar con la certificación energética?
No. La etiqueta energética debe acompañar a la información de la vivienda, oficina, local, etc.

¿Cuáles son las consecuencias de no cumplir con el deber de obtener el Certificado Energético?
- Inspecciones: la Administración autonómica competente realizará la labor inspectora, para velar por su cumplimiento y detectar casos de falseamiento o fraude.
- Sanciones: el vendedor/arrendador podrá ser multado por infracción a los Derechos de los Consumidores.
Reclamaciones: el comprador/inquilino podrá reclamar al vendedor/arrendador por no haber cumplido el deber de información al Consumidor.

¿Quién puede realizar este certificado?
El certificado de eficiencia energética puede ser suscrito por un técnico certificador que esté en posesión de la titulación académica y profesional habilitante para la realización de proyectos de edificación o de sus instalaciones térmicas, o de la certificación energética.

¿Cómo se realiza la Certificación Energética?
El técnico realizará las siguientes acciones:
-Visitas al inmueble, con tomas de datos y medición de las estancias y superficies.
-Recopilación de información acerca de datos registrales del inmueble y de materiales y sistemas constructivos del mismo.
- Elaboración del certificado reuniendo todos los datos y calculando la eficiencia energética mediante métodos y software autorizados por el ministerio de industria.

¿Qué información contiene el Certificado de Eficiencia Energética?
El certificado de eficiencia energética del edificio existente o partes del mismo contendrá como mínimo la siguiente información:
-Identificación del edificio y, en su caso, de la parte del mismo que se certifica.
- Indicación del procedimiento reconocido utilizado para obtener la calificación de eficiencia energética. Se incluirá la siguiente información:
a) Descripción de las características energéticas del edificio, envolvente térmica, instalaciones, condiciones normales de funcionamiento y ocupación y demás datos utilizados para obtener la calificación de eficiencia energética del edificio.
b) Indicación de la normativa sobre ahorro y eficiencia energética que le era de aplicación en el momento de su construcción, en caso de existir.
c) Descripción de las pruebas, comprobaciones e inspecciones llevadas a cabo, por el técnico certificador, durante la fase de calificación energética con la finalidad de establecer la conformidad de la información contenida en el certificado de eficiencia energética.
- Calificación de eficiencia energética del edificio expresada mediante la etiqueta energética prevista en el Real Decreto.
-  Listado con un número suficiente de medidas, recomendadas por el técnico certificador, clasificadas en función de su viabilidad técnica, funcional y económica, así como por su repercusión energética, que permitan, en el caso de que el propietario del edificio decida acometer voluntariamente esas medidas, que la calificación energética obtenida mejore como mínimo un nivel en la escala de calificación energética, si la calificación de partida fuera la B, ó C o dos niveles, si la calificación de partida fuera D, E, F ó G.

Si están interesados, o quieren conocer con mayor profundidad nuestro trabajo, no dude en ponerse en contacto con nosotros.

En V+M Arquitectos Valencia realizamos Certificados de Eficiencia Energética en Valencia, Torrent, Burjassot, La Eliana, Meliana, Paterna, Alboraya, Manises, Mislata, Xirivella, Albal, Llíria, Gandía, Almássera, Puzol, El Puig, Paiporta, Bétera, Utiel, Denia, Calp, Vila-Real, Benidorm, Castellón, La Vall d'Uixo, Moncofa, Burriana, Vila Real, Almazora, Almenara, etc... 

Puede ponerse en contacto con nosotros a través de nuestro mail vm-arquitectos@hotmail.com, formulario de contacto o teléfono 963279037, para solicitar cualquier tipo de información o solicitar presupuesto sin ningún compromiso.




Certificado Energético Castellón


PUBLICACIONES | PROYECTOS Y CONCURSOS



V+M Arquitectos Valencia Publicaciones


















Residencia estudiantes de postgrado en el Parque Científico de la UPV/EHU en Leioa.
(Publicación: Concurso de ideas / Dep.Legal: BI-1144-2012 / Edita: Universidad del Pais Vasco - Euskal Herriko Univertsitatea / Año: 2012)

VIII Concurso anteproyectos IVVSA.
(Publicación: TC Cuadernos nº98 - Concursos / ISSN: 1136-906X / Edita: Ediciones Generales de la Construcción / Año: 2011)

VIII Concurso anteproyectos IVVSA.
(Publicación: Accesit. Concursos amediaticos nº2 / ISSN: 1989-9637 / Edita: Accésit.org / Año: 2010)

Museo Antonia Mir.
(Publicación: Arquitecturas próximas. / ISBN: 978-84-482-5664-7 / Dep.Legal: V-3446-2011 / Edita: Instituto Valenciano de Arte Moderno / Año: 2011)

Museo Antonia Mir.
(Publicación: CIAB 3. III Congreso internacional de Arquitectura Blanca / ISBN: 978-84-936203-3-2 / Edita: Ediciones Generales de la Construcción / Año: 2008)

Museo Antonia Mir.
(Publicación: Museu Antonia Mir. Cuaderno de Obra / ISBN: 978-84-612-2617-7/ Edita: Grupo San José / Año: 2008)

VII Concurso anteproyectos IVVSA.
(Publicación: TC Cuadernos nº79 - Concursos / ISSN: 1136-906X / Edita: Ediciones Generales de la Construcción / Año: 2007)

Cooperativa agrícola San Isidro de La Vall d´Uixó.
(Publicación: TC Cuadernos nº79 - Concursos / ISSN: 1136-906X / Edita: Ediciones Generales de la Construcción / Año: 2007)

Centro de alto rendimiento deportivo en Manises.
(Publicación: ViA Arquitectura-PFC 2004. / ISSN: 1576-7191 / Edita: Colegio Oficial de Arquitectos de la Comunidad Valenciana / Año: 2005)

PUBLICACIONES | MAQUETACIÓN



V+M Arquitectos Maquetación Publicaciones


Vpor2 – Revista de vivenda nº 14.
ISSN: 1885-0766 / Dep.Legal: V-3070-2005 / Edita: Instituto Valenciano de la Edificación / Año: 2012

Lugar. Epistemiología de la complejidad, circularidad y otras indagaciones de la significación en la euristíca arquitectónica.
ISBN: 978-84-937221-5-9/ Edita: Ediciones Generales de la Construcción / Año: 2011

Hibrid. Arquitectura y paisaje como concepto: La aparición de una incipiente base cultural.
ISBN: 978-84-92910-92-2/ Edita: Obrapropia / Año: 2011

Surcos. Estrategias, sistemas y los no lugares en la arquitectura del siglo XXI.
ISBN: 978-84-937221-5-9/ Edita: Ediciones Generales de la Construcción / Año: 2010

70 Viviendas en PP Rio Seco de Castellón. Cuaderno de Obra.
Dep.Legal: V-393-2009 / Edita: Cyes, S.L / Año: 2009

Museu Antonia Mir. Cuaderno de Obra.
ISBN: 978-84-612-2617-7/ Edita: Grupo San José / Año: 2008